Las cuentas de ahorro son productos de fácil contratación y manejo. Te sirven para guardar tu dinero y tener la posibilidad de recibir una tasa de rendimiento establecida por la entidad bancaria de tu elección, preponderantemente de un 1% en el mercado dominicano.
Estas cuentas proporcionan al cliente alta liquidez, es decir, acceso inmediato al dinero mediante retiros con libreta en cualquiera de las sucursales de tu banco o con tarjeta débito en cajeros automáticos. Al momento de adquirir este producto, te vuelves atractivo para otras entidades bancarias, y pueden animarse a ofrecerte distintos productos financieros, como los préstamos personales.
Otra ventaja de tener tu dinero en una cuenta de ahorro es que estará asegurado con la protección que brinda la Ley Monetaria y Financiera para garantizar los depósitos bancarios. En el 2002 se constituyó el Fondo de Contingencia Bancaria para solventar una garantía mínima al depósito, en caso de que una entidad bancaria quiebre o sea disuelta, por un monto máximo de RD$500 mil pesos.
Dentro de esta clasificación puedes encontrar distintos productos, ya que están destinadas a todo público, desde cuentas de ahorros básicas para guardar tu dinero, hasta cuentas que te ofrecen la posibilidad de ahorrar exclusivamente para un fin, como una “cuenta de ahorro universitaria”.
Requerimientos para aperturar una cuenta de ahorro
Los requerimientos para aperturar una cuenta de ahorros son sencillos. La mayoría de las entidades financieras solicitan la misma documentación. Entre los requisitos establecidos por los principales bancos del país se encuentran:
- Documento legal de identidad (cédula o pasaporte si eres extranjero).
- Datos personales claros: dirección, teléfono, referencias personales con sus datos correspondientes.
- Información sobre el origen de tus fondos: carta de referencia laboral o copia de los últimos tres empleos. El banco se cerciorará de cumplir con las normas vigentes sobre la prevención del lavado de activos o dinero y financiamiento del terrorismo en la Ley 155-17.
- Depósito mínimo de apertura, según el tarifario actual de la institución bancaria.
- Y por último, completar la declaración de cliente sobre el Convenio de Productos y Servicios.
Con estos simples pasos podrá quedar aperturada tu cuenta de ahorro y empezarás a recibir los beneficios que proporciona este producto. Debes tener siempre en cuenta los costos derivados del mismo: monto de apertura, balance mínimo, cargo mensual si está por debajo del balance mínimo, cargo por cheque depositado devuelto, cargo por retiros en ventanilla menores de ciertos montos, entre otros.
Es recomendable acercarse a un asesor bancario o que consultes el tarifario de productos y servicios de la entidad para que te informes sobre los costos que aplican para la cuenta de ahorro que desees abrir.